Pudiera parecer que entonaba el "A media luz" camino de Corrientes, pero no, el 347 es el modelo de Hacienda para hacer la Declaración anual de operaciones con terceras personas. En nuestro caso, la Subvención del BonoInfantil seguro que sobrepasa el limite de 3.005,06 €uros anual, a partir del cual hay que hacer la Declaración.
Bueno, el 28 de febrero es el tope para presentarla y aunque me imagino que ya lo tendréis claro, os dejo la página de Hacienda donde esta la información: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Modelos_formularios/modelo_347.shtml
Para los nuevos, recordarle que el CIF de la Generalitat es: S4611001A
Hola, para que no hayan líos; el bonoinfantil no se incluye en el modelo 347. Sólo son aquellas empresas a las que nosotros hemos pagado más de 3.005,06 euros en el año 2013, no empresas que nos han pagado a nosotros. Un saludo.
ResponderEliminarSin ánimo de entrar en polémica, esta declaración tienen que realizarla tanto los que dan, como los que reciben. O sea, que la Generalitat, debe realizar la declaración indicando que nos han pagado una cantidad y nosotros lo mismo como receptores. Exceptuando, aquellos que hagan otra declaración sobre el mismo concepto, por ejemplo, el alquiler se declara al realizar el pago modelo 115 y con la declaración anual del modelo 180.
EliminarYo llevo haciéndolo hace varios años, porque me retuvieron la subvención porque no lo había hecho. Pero si hasta el momento no tenéis problemas...
Pues nosotras no lo habiamos hecho nunca.
ResponderEliminarEl primer año nos llevó todo garcia teruel y no la hicieron y como ellos tienen tanta experiencia pues yo al año siguiente ya seguí sin hacerla.....espero no tener problemas.